sábado diciembre 7 de 2024

Salario mínimo de $616.000 y salario integral de $8’008.000

28 diciembre, 2013 Generales

El gobierno nacional, a la par con el salario mínimo, que quedó en 616 mil pesos, fijó en 8 millones 8 mil pesos el “salario integral” mínimo para la misma vigencia.

Pero qué es el “salario integral”. Según la legislación colombiana, constituye salario no sólo la remuneración ordinaria, fija o variable, sino todo lo que recibe el trabajador en dinero o en especie como contraprestación directa del servicio, sea cualquiera la forma o denominación que se adopte, como primas, sobresueldos, bonificaciones habituales, valor del trabajo suplementario o de las horas extras y comisiones.

En consecuencia, el salario integral, es en el que, además del pago por la jornada laboral, incluye “las prestaciones, recargos y otros beneficios como el correspondiente recargo nocturno, extraordinario, las primas legales y extralegales, las cesantías, sus intereses, subsidios y suministros en especie”.

El único salario que puede denominarse como salario integral, es aquel que supere como mínimo el valor de 13 salarios mínimos legales vigentes.

Según la cartera laboral, este salario integral no estará exento de las cotizaciones a la seguridad social, ni de los aportes al SENA, ICBF y cajas de compensación familiar, pero en el caso de estas tres últimas entidades, los aportes se disminuirán en un treinta por ciento (30%).

Del integral, el 70% será para todos los efectos considerado salario (para liquidar seguridad social, parafiscales y vacaciones) y el 30% restante, es el que cubre el valor por cesantías, primas, recargos por trabajo nocturno, extraordinario, dominical y festivo, el de primas legales, extralegales, las cesantías y sus intereses, subsidios y suministros en especie; y, en general, las que se incluyan en dicha estipulación, excepto las vacaciones, que si se deben pagar normalmente sobre la base del 70% del salario integral.

La figura de salario integral no afecta en absoluto la condición de empleado como tal, es decir, que el vínculo laboral se sigue presentando, con todas las obligaciones y deberes establecidos por el Código Sustantivo del Trabajo.

Frente a las obligaciones tributarias de los empleados que gozan de la figura del salario integral, el factor prestacional (el 30%) no está exento de impuestos y por consiguiente está sometido a Retención en la Fuente, además de los beneficios que le confiere la ley tributaria a los ingresos laborales.

Hace un año, el salario integral de 2013 fue fijado en 7 millones 663 mil 500 pesos luego que el salario mínimo fuese fijado por decreto en 589 mil 500.

Frente al ajuste del 4,5% en el salario mínimo, el ministro de Hacienda, Mauricio Cárdenas manifestó que este “es el aumento más alto de los últimos años”.

“Este es un incremento que beneficia a los trabajadores y a los pensionados y es reflejo de los buenos momentos de la economía nacional. Este es el aumento real más alto, en más de tres décadas”, agregó el jefe de la cartera Económica.

Para 2013 el salario mínimo fue de $589.500, con un alza del 4,02% con respecto al año 2012. En este último año el alza fue de 5,8% por ciento con relación al año 2011 lo cual dejo la cifra en $566.700.

Las alzas más altas registradas al salario mínimo en los últimos años son: 2009 cuando el incremento fue de 7,7% ubicando el salario mínimo en $496.900 pesos, y el 2006, cuando el incremento fue de 6,9% por ciento, cuando el salario fue de $408.000.

En su orden le siguieron 2008 y 2007 con 6,4% y 6,3%, respectivamente. ($461.500 y $433.700) en cada caso.

El incremento más bajo se dio en 2010 cuando el porcentaje fue de 3,6% ($515.000) y 2011 con 4% ($535.600). Para el 2012, el salario se ubicó en $566.700 pesos con 5,8% de incremento.

El ministerio del Trabajo destacó en su página web, la opinión del empresario Arturo Calle, sobre el ajuste salarial.

El propietario de la cadena de almacenes que lleva su nombre, dijo:

“Me parece que el acuerdo del salario mínimo está muy bien y por encima de la inflación. Lo que no se debe olvidar es que para los empresarios implica un aumento superior porque hay que sumarle como un 52% de prestaciones y parafiscales y el incremento termina siendo casi el doble de la inflación”.

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