Más protección jurídica a los inventores en materia de patentes
La Superintendencia de Industria y Comercio (SIC), como autoridad de Propiedad Industrial en Colombia, ha disminuido en más de la mitad los tiempos promedio para resolver solicitudes de patentes de invención.
Antes de iniciarse el Gobierno del Presidente Juan Manuel Santos, la Superindustria tardaba en promedio 63 meses, es decir, que un inventor debía esperar más de cinco (5) años para obtener una decisión final sobre la patentabilidad de su invención. Hoy, ese promedio se ha reducido a dos años (24 meses), con lo cual en el indicador de celeridad institucional, la autoridad colombiana es considerada la tercera más ágil del mundo, después de China y Corea del Sur.
No obstante, en aras de cumplir con los estándares internacionales, el Gobierno Nacional expidió el Decreto 1873 del 29 de septiembre de 2014, con el fin de compensar los tiempos de protección dado por la patente en caso de existir un eventual retraso injustificado en el trámite.
La nueva norma evitará que la protección de las patentes de invención se vea afectada ante una posible demora en su entrega, y fija compensaciones en términos de tiempo para los inventores. Es decir, de llegarse a incumplir los plazos de ley, por cada día de “retraso irrazonable” en el trámite de la patente, se entregará un día calendario adicional de protección a la invención, contados a partir del último día de vigencia de la patente. Es decir, la compensación es de 1 un día de protección adicional por 1 día de retraso irrazonable.
La Ministra de Comercio Industria y Turismo, Cecilia Álvarez – Correa explicó que, según el Decreto, un retraso irrazonable en la concesión de la patente por parte de la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC), se presentaría cuando la decisión se expide en un tiempo superior a cinco (5) años contados a partir de la presentación de la solicitud o tres (3) años desde el momento en que se pide el examen de dicha solicitud.
“El Gobierno está comprometido con la innovación como una de sus locomotoras de desarrollo, y por eso también queremos impulsar la investigación, factor indispensable para que los colombianos creen más invenciones”, señaló la Ministra al aclarar que esta medida no incluye los productos farmacéuticos.
La expedición del Decreto No.1873 del 29 de septiembre de 2014, no solo constituye un compromiso del Gobierno Nacional por ser más eficiente y darle un espaldarazo a la innovación, sino que también corresponde al cumplimiento de compromisos con países que han firmado Acuerdos Comerciales con Colombia.
El Superintendente de Industria y Comercio, Pablo Felipe Robledo indicó que “este Decreto refuerza la protección que hoy tienen los inventores en nuestro país. Obviamente, si como autoridad seguimos dando una respuesta pronta a los inventores, nunca habría necesidad de aplicar las compensaciones que trae el nuevo Decreto. No obstante, y ojalá eso nunca ocurra, si bajamos la guardia y volvemos por el sendero de la lentitud en la tramitación de las patentes, el Decreto se constituye en una garantía adicional de protección a los inventores, tanto nacionales como extranjeros”.
La medida beneficiará principalmente a empresarios, universidades, investigadores e innovadores, que han invertido tiempo y recursos económicos en desarrollos científicos, blindándolos frente a eventuales retrasos injustificados en la concesión de la patente.