viernes diciembre 6 de 2024

Beneficios económicos para deudores morosos en Bogotá

12 marzo, 2017 Bogotá, Económicas

  Para sanción del Alcalde el Proyecto de Acuerdo que busca brindar condiciones especiales de pago a los contribuyentes morosos con el fin de que paguen sus obligaciones.

Claramente, este Proyecto va a incentivar el pago de las obligaciones principales, intereses y sanciones, permitiendo el recaudo de gran parte de la cartera morosa del Distrito, mediante la reducción en el pago de intereses para los deudores morosos de la Capital en un rango de entre el 40 y el 60%.

“Adelantar estrategias para incentivar el pago de la ciudadanía que incumple con sus obligaciones y las consecuentes sanciones de ello derivadas, ofrece resultados exitosos en la recuperación de la cartera del Distrito, que se ve seriamente amenazada no solo por el incumplimiento de la ciudadanía en el pago de sus obligaciones tributarias, sino por la inoperancia misma de las acciones de cobro coactivo previstas legalmente para el efecto” comenta la Concejal Gloria Díaz, del Partido Conservador, coautora del Proyecto

Según la Contraloría de Bogotá “para el periodo comprendido entre los años 2012 a 2015, el riesgo de pérdida ascendía a la suma de 67.431 millones de pesos, solo por concepto de morosidad en el pago del impuesto predial triplicándose en tal lapso. Tal riesgo deviene, de la ineficiente gestión y falta de seguimiento a los procesos de cobro coactivo”

Quienes no podrán acceder a estos beneficios

De acuerdo con el articulado del proyecto

“ARTÍCULO 2o. Exclusiones.  No podrán acceder a los beneficios de que trata el presente Acuerdo los deudores que hayan suscrito acuerdos de pago con fundamento en el artículo 7 de la Ley 1066 de 2006, el artículo 1 de la Ley 1175 de 2007, el artículo 48 de la Ley 1430 de 2010, el Decreto 248 de 2013 y el Decreto Distrital 026 de 2015, que a la entrada en vigencia de la Ley 1819 de 2016, se encuentren en mora por las obligaciones contenidas en los mismos.

Parágrafo 1. Lo dispuesto en el presente artículo, no se aplicara a los sujetos pasivos, contribuyentes responsables y agentes de retención que a la entrada en vigencia de la Ley 1819 de 2016, hubieren sido admitidos en procesos de reorganización empresarial o en procesos de liquidación judicial de conformidad con lo establecido en la Ley 1116 de 2006, ni a los demás sujetos pasivos, contribuyentes, responsables y agentes de retención que a la entrada en vigencia de la mencionada ley, hubieran sido admitidos en los procesos de reestructuración regulados por la Ley 550 de 1999, la Ley 1066 de 2006 y por los Convenios de Desempeño”.

La Plenaria del Concejo de Bogotá aprobó el proyecto de acuerdo No. 115 de 2017, “Por el cual se establece en el Distrito Capital el procedimiento de aplicación de los incentivos tributarios de que trata el Artículo 356 de la Ley 1819 del 29 de diciembre de 2016”.

La iniciativa del concejal del Partido Conservador Roger Carrillo, con ponencias positivas de los concejales Nelly Patricia Mosquera, Daniel Palacios y Celio Nieves, busca subsanar en mayor cuantía la cartera morosa de los contribuyentes que no han cumplido con sus obligaciones tributarias de 2014 y vigencias anteriores. Las exenciones otorgadas son la siguientes:

Si se produce el pago total de la obligación principal hasta 31 de mayo de 2017, los intereses y las sanciones actualizadas se reducirán en un 60%, es decir se paga el 40%.

Si se produce el pago total de la obligación principal después del 31 de mayo y hasta la vigencia de la condición especial de pago, los intereses y las sanciones actualizadas se reducirán en un 40%, es decir se paga el 60%.

Si se paga la totalidad de la sanción antes del 31 de mayo, la reducción es del 40% y se pagará el 60% de la sanción.

Si se paga la sanción después del 31 de mayo, la reducción es del 20% y se deberá pagar el 80% de la sanción.

El segundo proyecto aprobado fue el No. 420 de 2016 “Por el cual se declara el 12 de mayo como el día del Río Bogotá y sus afluentes en el Distrito Capital y se dictan otras disposiciones”

El objetivo de esta iniciativa, autoría de los concejales del Polo Democrático, Álvaro José Argote Muñoz, Celio Nieves Herrera, Nelson Castro Rodríguez y Manuel José Sarmiento Argüello, es crear un espacio de reflexión, movilización, concientización ambiental, educación y compromiso de la comunidad frente a la recuperación y conservación de las fuentes hídricas. Los ponentes que dieron su respaldo fueron los concejales Gloria Stella Díaz Ortiz y Marco Fidel Ramírez Antonio.

Por otra parte, se aprobó el Proyecto de Acuerdo No. 112 de 2017 “Por medio del cual se adoptan las evaluaciones de impacto y de resultado en el Distrito”, autoría de los concejales del Centro Democrático, autores del proyecto, Diego Andrés Molano Aponte, Diego Fernando Devia Torres, Angela Sofía Garzón Caicedo, Daniel Andrés Palacios Martínez, Andrés Eduardo Forero Molina y Pedro Javier Santiesteban Millán.

El objetivo es evaluar, cuantitativamente y cualitativamente, si los planes, proyectos, programas o políticas públicas produjeron los efectos esperados en cuanto a bienestar para la comunidad afectada. Valorar su eficacia, costo-efectividad y productividad. Los ponentes fueron los concejales Jorge Eduardo Torres Camargo, Roger Carrillo Campo y Hosman Yaith Martínez Moreno.

Finalmente se aprobaron las modificaciones que la Contraloría de Bogotá presentó al proyecto aprobado en diciembre de 2016, mediante el cual se aprobó la reestructuración de la organización, funcionamiento y planta de personal de la Contraloría de Bogotá.  Dichos cambios son la corrección de un error mecanográfico en la mención de uno de los cargos reestructurados, la inclusión de un parágrafo que aclara que el control sobre los organismos de control lo ejercerá la Dirección Sectorial de Gobierno, y en tercer lugar la eliminación de la figura del control de advertencia, la cual fue declarada inconstitucional.

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