lunes marzo 25 de 2024

Los permisos de salida ya no serán un dolor de cabeza para los padres de familia en el exterior

En la reforma del código de infancia y adolescencia, sancionada recientemente, la Congresista por los colombianos en el exterior, Ana Paola Agudelo, logró incluir un nuevo procedimiento para la salida de menores, el cual resuelve un dolor de cabeza para las madres y/o padres de familia residentes en otros países, que querían viajar temporalmente con sus hijos a Colombia.

El inconveniente lo viven aquellos menores que viven fuera del país con alguno de sus progenitores y que, por diferentes circunstancias, no tienen ningún vínculo con su otro padre o madre. A pesar de no haber dificultad a su ingreso de visita al país, al momento de pasar el filtro migratorio para retornar a sus lugares de residencia, no se les permite la salida si no cuentan con el permiso firmado por el progenitor con el cual no han tenido relación o contacto, incluso en ningún momento de su vida.

Lo anterior por supuesto acarrea altos costos económicos, relacionados con la pérdida de los vuelos, pero sobre todo unas afectaciones directas sobre los derechos fundamentales del menor, como lo son a la familia al no poder reunirse nuevamente con quienes reside, a la reintegración a su círculo social habitual, e incluso a la educación cuando no pueden retornar a sus clases.

La Congresista Ana Paola explicó que la medida es benéfica para los connacionales, pues pone freno a una dificultad que había derivado inclusive en que familias de colombianos renunciaran a la nacionalidad y así ingresar como extranjeros. «Hijos que querían visitar el país por primera vez en su vida, veían truncada la oportunidad, por no saber quién era su padre como ha sucedido en los casos de abandono» indicó la Representante.

El trámite ahora es mas simple. Antes de viajar a Colombia, será posible tramitar el permiso ante el consulado. Si el menor lleva más de un año en el exterior, bastará con aportar la certificación de residencia expedida por el consulado o la inscripción consular y copia del documento en el cual se establece que la custodia se encuentra en cabeza del progenitor con quien va a salir.

Otro punto muy importante, es que la solicitud del trámite de custodia podrá iniciarse ante el consulado correspondiente, el cual la dirigirá a las autoridades competentes en Colombia para su resolución.

Para el caso de salidas de los menores con un tercero, se mantendrá el requisito del permiso otorgado por el padre o madre que tenga la custodia, y en los casos de menores en los que a sus padres o madres se les haya suspendido o privado de la patria potestad, no se requerirá autorización de los mismos.

Finalmente la Representante de los connacionales agregó “Gracias a esta medida, se mejorará la migración informada y se evitará que las familias tengan que incurrir en gastos de contingencia innecesarios y en trámites engorrosos. A su vez impulsará que miles de jóvenes que se encuentran en el extranjero puedan visitar su país y familia, con lo que se promueve el arraigo, pues uno de los aspectos más importantes para los migrantes es justamente mantener el vínculo con su país”.

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