jueves marzo 28 de 2024

Taxistas que perturben el orden público y la movilidad serán sancionados

09 julio, 2019 Bogotá, Generales

Bogotá, 09 de julio_ RAM_ La Secretaría Distrital de Movilidad, en coordinación con la Policía Metropolitana de Tránsito de Bogotá, garantizará el derecho a la protesta y también la prevalencia del interés general sobre el interés particular, al tiempo que monitoreará la jornada de paro anunciada por algunos taxistas para este miércoles, 10 de julio.

La Secretaría Distrital de Movilidad no autorizó ninguna de las caravanas propuestas por los gremios de taxistas, por lo que reitera que las manifestaciones podrán realizarse, pero de manera pacífica y sin vehículos, ya que quienes obstaculicen el tráfico con taxis o generen disturbios serán objetos de sanciones.

“Reiteramos que respetaremos el derecho a la protesta, pero como entidad no permitiremos vías de hecho ilegítimas que afecten los derechos a la movilidad, el trabajo, la educación y la salud de los millones de usuarios del sistema de transporte masivo y de las vías públicas de la ciudad que se movilizan en un día laboral. Tampoco se va a admitir que haya operación tortuga, actos vandálicos ni agresiones frente a otros usuarios de la vía. Esperamos que esta sea una jornada pacífica y tranquila”, afirmó el Secretario Distrital de Movilidad, Juan Pablo Bocarejo.

De darse situaciones que afecten la movilidad y el orden en la ciudad, se aplicarán las sanciones correspondientes de acuerdo con la legislación vigente, de la siguiente manera:

Fundamento jurídico de las sanciones a aplicar

Cuando se realizan protestas en ejercicio al derecho de reunión, los organizadores, participantes y demás intervinientes deben tener en cuenta lo preceptuado en los artículos 44 y 45 de la ley 1453 de 2011 que modificó el ley 599 de 2000, que tipifica no se puede obstaculizar de manera temporal o permanente, selectiva o general, las vías o la infraestructura de transporte o imposibilitar la circulación o dañar nave, aeronave, vehículo o medio motorizado destinados al transporte público, colectivo o vehículo oficial, por cuanto, podrá ser acreedor de las sanciones penales allí previstas.

Con lo anterior, se garantiza el derecho a la protesta esperando que esta se desarrolle dentro de los límites legales, respetando el derecho de los demás ciudadanos a la movilidad y, ante todo, salvaguardando la integridad física y la libre movilización tanto de los manifestantes como de quienes no participan en las marchas.

Sanciones de acuerdo con el Código Penal Colombiano

Artículo 353. Perturbación en servicio de transporte público, colectivo u oficial. El que por cualquier medio ilícito imposibilite la circulación o dañe nave, aeronave, vehículo o medio motorizado destinados al transporte público, colectivo o vehículo oficial, incurrirá en prisión de cuatro (4) a ocho (8) años y multa de trece punto treinta y tres (13.33) a setenta y cinco (75) salarios mínimos legales mensuales vigentes.

Artículo 353A. Obstrucción a vías públicas que afecten el orden público. El que por medios ilícitos incite, dirija, constriña o proporcione los medios para obstaculizar de manera temporal o permanente, selectiva o general, las vías o la infraestructura de transporte de tal manera que atente contra la vida humana, la salud pública, la seguridad alimentaria, el medio ambiente o el derecho al trabajo, incurrirá en prisión de veinticuatro (24) a cuarenta y ocho meses (48) y multa de trece (13) a setenta y cinco (75) salarios mínimos legales mensuales vigentes y pérdida de inhabilidad de derechos y funciones públicas por el mismo término de la pena de prisión.

Parágrafo. Se excluyen del presente artículo las movilizaciones realizadas con permiso de la autoridad competente en el marco del artículo 37 de la Constitución Política.

Infracciones al transporte

Podrán ser sancionadas con multa de uno (1) hasta setecientos (700) salarios mínimos mensuales legales vigentes, los conductores, propietarios y/o empresas que afecten el orden público, la vida humana y la salud pública, ocasionando traumatismos en la movilidad y otras conductas de acuerdo con el estatuto Nacional del Transporte (Ley 336 de 1996).

Paralelamente, se abrirán procesos de investigación administrativa si se determina que hay una injustificada cesación de actividades o de servicios autorizados por parte de la empresa transportadora, o cuando la alteración del servicio se produzca como factor perturbador del orden público. Siempre que las causas mencionadas sean atribuibles al beneficiario de la habilitación, se procederá a cancelar las licencias, registros, habilitaciones o permisos de operación de las empresas de transporte.

Infracciones al tránsito

Por negarse a prestar servicio:

E02 – Negarse a prestar el servicio público sin causa justificada, siempre que dicha negativa cause alteración del orden público (multa de $1.242.200).

B15 – Conducir un vehículo de servicio público que no lleve el aviso de tarifas oficiales en condiciones de fácil lectura para los pasajeros o poseer este aviso deteriorado o adulterado (multa de $220.800).

Por abandonar o dejar solo su vehículo:

C02 – Estacionar un vehículo en sitios prohibidos (multa de $414.100).

C04 – Estacionar un vehículo sin tomar las debidas precauciones o sin colocar a la distancia señalada por este código, las señales de peligro reglamentarias (multa de $414.100).

Por realizar plan tortuga o bloquear una vía:

C03 – Bloquear una calzada o intersección con un vehículo, salvo cuando el bloqueo obedezca a la ocurrencia de un accidente de tránsito (multa de $414.100).

C31 – No acatar las señales o requerimientos impartidos por los agentes de tránsito (multa de $414.100).

D07 – Conducir realizando maniobras altamente peligrosas e irresponsables que pongan en peligro a las personas o las cosas (multa de $828.100).

Por su parte, Transmilenio S.A. señala que respeta el derecho a la protesta convocada por el gremio de los taxistas. Sin embargo, hace un llamado a quienes participarían de las movilizaciones para que NO interrumpan el derecho a la movilidad de más de dos millones de usuarios que a diario utilizan el sistema de transporte público masivo de la ciudad.

Durante la jornada, funcionarios de la Fiscalía General de la Nación y de la Policía Metropolitana de Bogotá realizarán acompañamiento a las movilizaciones, con el fin de individualizar, capturar y judicializar a los responsables de desmanes si estos llegaren a presentarse.

Se prevé que las concentraciones arrancarán a las 5 a.m. y los puntos de encuentro anunciados por los taxistas son: Estadio de Techo (avenida de las Américas al oriente, calle 13, carrera 30 al norte y calle 26 hasta la Plaza de Toros), El Tunal (parque el Tunal carrera 24 al norte, calle 38 sur al occidente y la carrera al norte, calle 26 hasta la Plaza de Toros), calle 170 (autopista norte, carrera 30, calle 26 y Plaza de Toros), Suba (avenida Ciudad de Cali con Suba, avenida Suba carrera 30, calle 26 hacia la Plaza de Toros) y Engativá (centro comercial Tuyo).

La administración distrital, comprometida con la mejora del servicio de taxi en Bogotá

De los taxistas de Bogotá, 97% trabajan de lunes a sábado y 58% los domingos. Los datos son de la encuesta realizada por la Secretaría Distrital de Movilidad entre el 3 y el 8 de julio de 2019, respondida por 501 conductores de taxi y que es representativa para los taxistas de la ciudad. “La mayoría de los taxistas trabajan correctamente en la ciudad, cumplen con sus deberes y atienden a los pasajeros con buena actitud. Hay algunos grupos que no están de acuerdo con los controles que realizamos, pero desde la administración del Alcalde Enrique Peñalosa estamos comprometidos con la mejora del servicio de taxi en la ciudad”, afirma el Secretario Distrital de Movilidad, Juan Pablo Bocarejo.

El SIRC

La creación del Sistema de Información y Registro de Conductores (SIRC), una gran base de datos en la que reposan y se actualizan mes a mes los datos de más de 68 mil conductores de taxi de Bogotá y que es alimentada por las 60 empresas habilitadas para la prestación del servicio, es una de las mejoras que introdujo la Secretaría Distrital de Movilidad para ofrecer información confiable a los usuarios de taxi y para mejorar los controles a empresas y taxistas.

Vigilancia a empresas y taxistas

Gracias al cruce de información entre el SIRC y las bases de datos de comparendos que posee la entidad fue posible establecer las responsabilidades de empresas y conductores tanto en el reporte de información como en la calidad de la prestación del servicio en el caso de los 92 taxistas a los que se les inició en junio pasado el proceso para la suspensión de sus licencias de conducción por seis meses debido a su reincidencia como infractores de las normas de tránsito.

De otra parte, 43 empresas de taxi fueron requeridas junto con propietarios de vehículos el pasado junio por la Secretaría Distrital de Movilidad, para que den cuenta de los controles que hacen a sus conductores. Esto debido a que 3.044 taxis, que corresponden a aproximadamente 6% de los vehículos con Tarjeta de Operación Vigente, han estado involucrados en siniestros viales. De estos, 2.411 tenían comparendos.

El estudio de percepción de riesgo vial adelantado por el Distrito en 2018, indicó que 74% de los bogotanos considera que los taxis frecuentemente sobrepasan el límite de velocidad. Por su parte, 4 de cada 10 personas piensan que es poco seguro movilizarse en taxi, en materia de seguridad vial.

Para responder a estas situaciones, en los primeros cinco meses de 2019 la Policía de Tránsito de Bogotá impuso más de 1.950 comparendos a taxistas por conductas riesgosas y 333 fueron sancionados por no respetar semáforos en rojo o señales de Pare.

Taxi inteligente

La Administración Distrital implementa el Taxi Inteligente, con el cual el usuario conoce el precio de la carrera al inicio, tiene acceso a los datos del conductor y puede calificar el servicio. Entre tanto el Ministerio de Transporte expide definitivamente la Resolución necesaria para hacer obligatorio su uso en la ciudad, más de 4 mil conductores lo implementan a través de 15 plataformas habilitadas por el Ministerio de Transporte y avaladas por la Secretaría Distrital de Movilidad.

Los Taxis Inteligentes han tenido 95% menos choques simples que los que usan taxímetro debido a que las decisiones anticipadas de ruta y tarifa mejoran los patrones de conducción; igualmente han tenido 52% menos choques con lesionados o fallecidos por la misma razón.

Operativos, comparendos y sanciones contra el transporte ilegal

La Secretaría Distrital de Movilidad trabaja permanentemente contra la prestación de servicios ilegales de transporte público de pasajeros por parte de conductores de vehículos particulares.

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