Senado aprueba prisión perpetua para asesinos y violadores de niños y adolescentes
Los ponentes manifestaron que esta nueva decisión permitirá que la pena de prisión perpetua se aplique solo en los casos en los que se reúnan diferentes conductas que agraven la agresión sexual contra un niño. En todo caso, la pena deberá ser revisada en un plazo no inferior a veinticinco (25) años, para evaluar la resocialización del condenado.
Bogotá, 18 de junio_ RAM_ La plenaria del Senado aprobó, con 77 votos a favor y 0 en contra, la cadena perpetua para violadores y asesinos de niños. Este proyecto no pasa a conciliación ya que se votó el mismo texto que venía de la Cámara de Representantes.
La idea de este acto legislativo era la de reformar el artículo 34 de la Constitución Política para que los jueces puedan aplicar la pena a quienes cometan el delito de violación y asesinato de menores de edad.
De manera histórica y con votación virtual, la plenaria del Senado de la República aprobó el proyecto de acto legislativo que consagra la prisión perpetua para los asesinos y violadores de niños, niñas y adolescentes.
Con 77 votos a favor, los congresistas apoyaron la reforma el artículo 34 de la Constitución Política.
Los ponentes manifestaron que esta nueva decisión permitirá que la pena de prisión perpetua se aplique solo en los casos en los que se reúnan diferentes conductas que agraven la agresión sexual contra un niño.
En todo caso la pena deberá ser revisada en un plazo no inferior a veinticinco (25) años, para evaluar la resocialización del condenado.
Así mismo, se conformará una Comisión de Seguimiento, orientada a proporcionar apoyo al proceso de supervisión que adelantará el Legislativo.
Tras la aprobación del proyecto de acto legislativo, el presidente del Senado, Lidio García, expresó su agrado por el respaldo al proyecto y dijo que era una demostración para combatir la delincuencia hacia los menores de Colombia. “Hoy le dimos un garrotazo en la cabeza a todos esos asesinos. No podemos permitir que se realicen atrocidades contra nuestros niños y di mi voto con cariño, con decisión”.
Igualmente, los senadores de la bancada de gobierno aplaudieron la decisión y manifestaron que “la prioridad es la protección de los niños en nuestro país”.
Así mismo, la senadora María del Rosario Guerra, del Centro Democrático, expresó: “Hoy celebramos esta decisión por los niños que han sido asesinados y hay una legislación que permitirá una cadena perpetua. No más vejámenes para nuestros niños y sí prisión perpetua para quienes atenten contra los niños de Colombia”.
Entre tanto, senadores de la oposición como el senador Iván Cepeda se manifestaron en contrario a la aprobación de la reforma. El legislador señaló que esta nueva medida no va a mejorar la impunidad contra los niños de Colombia. “Lamento que se haya producido esta decisión. El problema de fondo es la persecución criminal que tenemos en Colombia. Hay un 95 por ciento de impunidad de hechos contra menores y eso no lo va a corregir una condena perpetua“.
A su turno, el senador del partido Cambio Radical Rodrigo Lara lamentó la votación e indicó que la prisión perpetua no tendrá prosperidad en nuestro sistema judicial. “Respeto la opinión de los colegas, aunque lo lamento profundamente. Este proyecto no puede prosperar en la Corte Constitucional. Esta es una norma ineficiente e inconveniente“, dijo.
Una vez la reforma constitucional sea promulgada por el presidente Iván Duque, es decir cuando envíe el texto modificado del artículo 34 de la Constitución Política al Diario Oficial, la norma entrará en vigencia.
El texto de la reforma
El texto de la reforma constitucional aprobado por el Senado, que acogió el mismo título y texto del proyecto de acto legislativo de la Cámara de Representantes es el siguiente:
«Artículo 34. Se prohíben penas de destierro y confiscación.
No obstante, por sentencia judicial, se declarará extinguido el dominio sobre los bienes adquiridos mediante enriquecimiento ilícito, en perjuicio del Tesoro Público o con grave deterioro de la moral social.
De manera excepcional cuando un niño, niña o adolescente sea víctima de las conductas de homicidio en modalidad dolosa, acceso carnal que implique violencia o sea puesto en incapacidad de resistir o sea incapaz de resistir, se podrá imponer como sanción hasta la pena de prisión perpetua.
Toda pena de prisión perpetua tendrá control automático ante el superior jerárquico. En todo caso la pena deberá ser revisada en un plazo no inferior a veinticinco (25) años, para evaluar la resocialización del condenado.
Parágrafo transitorio. El Gobierno nacional contará con un (1) año contado a partir de la fecha de promulgación del presente acto legislativo, para radicar ante el Congreso de la República el proyecto de ley que reglamente la prisión perpetua.
Se deberá formular en el mismo término, una política pública integral que desarrolle la protección de niños, niñas y adolescentes, fundamentada principalmente en las alertas tempranas, educación, prevención, acompañamiento psicológico y la garantía de una efectiva judicialización y condena cuando sus derechos resulten vulnerados.
Anualmente se presentará un informe al Congreso de la República sobre el avance y cumplimiento de esta política pública. Así mismo, se conformará una Comisión de Seguimiento, orientada a proporcionar apoyo al proceso de supervisión que adelantará el Legislativo.
Artículo 2º. El presente acto legislativo rige a partir de la fecha de su promulgación».