miércoles marzo 27 de 2024

“Incumplir órdenes de Corte Suprema es incurrir en desacato” : Procuraduría

23 septiembre, 2020 Generales, Judiciales, Política

 Bogotá, 23 de septiembre_ RAM_ El procurador Fernando Carillo se refirió al fallo de la Corte Suprema de Justicia sobre las protestas sociales y aseguró que incumplir las órdenes del alto tribunal es incurrir en desacato.

El procurador General, Fernando Carrillo le hizo un llamado a todas las entidades del Estado para cumplir el fallo de la Corte Suprema que ordena garantizar las protestas pacíficas en el país y suspender el uso de la escopeta calibre 12 al Escuadrón Móvil Antidisturbios (Esmad).

El jefe del Ministerio Público indicó que, aunque se puede pedir revisión del fallo a la Corte Constitucional, el hecho de no acatar las órdenes de la sentencia podría constituir un desacato.

“Las decisiones de la justicia deben acatarse así no se compartan porque esa es la base de un estado social de Derecho”, explicó.

En ese sentido aseguró que la Procuraduría va a cumplir con las órdenes que emitió la Sala de Casación Civil de la Corte Suprema de Justicia.

“Vamos a convocar a una mesa de trabajo para expedir protocolos y directrices que exige la Corte Suprema de Justicia atribuibles a la Procuraduría”, manifestó Carrillo.

En cinco puntos, el procurador explicó su posición frente a las frente al fallo:

1.Las decisiones de la justicia deben acatarse y cumplirse, así no se compartan. Ese principio es la base de un Estado de derecho democrático y más cuando se trata de entidades públicas y de servidores públicos.

2.Las autoridades pueden solicitar a la Corte Constitucional la selección de una tutela para que el alto tribunal revise las disposiciones impartidas, pero ello no las exonera del cumplimiento de la decisión que busca proteger derechos fundamentales. Incumplir las órdenes de la Corte Suprema de Justicia es incurrir en desacato.

3.La Procuraduría General de la Nación cumplirá lo ordenado por la Corte Suprema de Justicia y exhorta a las demás autoridades a acatar la orden impartida en el fallo de tutela.

4.En consecuencia, convocará mesas de trabajo para expedir, en 30 días, junto con la Policía Nacional y la Fiscalía General de la Nación, un protocolo “que permita a los ciudadanos y organizaciones defensoras de derechos humanos y entidades vinculadas a las Naciones Unidas, realizar verificaciones en caso de capturas y traslado de personas, durante el desarrollo de cualquier clase de meeting, reunión o cualquier acto de protesta”, y espera acompañar las mesas de trabajo que debe convocar el gobierno para reestructurar las directrices relacionadas con el uso de la fuerza frente a manifestaciones pacíficas.

5.El Ministerio Público avanza en el proceso disciplinario por los hechos que motivaron la acción de tutela y en las próximas semanas informará a la ciudadanía de nuevas decisiones.

La Corte Suprema le ordenó al Ministro de Defensa que realice un acto de excusas públicas por la violencia registrada en las protestas del paro nacional del año pasado.

También ordenó suspender el uso de las escopetas del Esmad y crear una ley estatutaria para que regule la protesta y limite el uso de la Fuerza Pública.

Tras conocer la decisión, el ministro de Defensa, Carlos Holmes Trujillo, aseguró que “la Fuerza Pública, en particular el ESMAD, no incurren en excesos”

Diferente a lo que consideró la Corte en su sentencia cuando señaló que el Esmad “no es capaz de garantizar el orden sin violar las libertades y los derechos de los ciudadanos a disentir, pues tampoco hace un uso adecuado de las armas de dotación asignadas”.

Frene a esto, el presidente del Colectivo de Abogados José Albear Restrepo, Reinaldo Villalba, dijo que el no cumplimiento del fallo de la Corte Suprema «refleja la ausencia de voluntad política del Gobierno en torno a tomar medidas eficaces para la protección de los derechos humanos”.

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