miércoles mayo 1 de 2024

Corte Constitucional aprobó Región Metropolitana

Gobernador Nicolás García y Alcaldesa Claudia López, comprometidos con la consolidación de la Región Metropolitana.

BOGOTA, 14 de octubre,2021_ RAM_ Corte Constitucional avaló la creación de la Región Metropolitana de Bogotá como una entidad administrativa y de régimen especial. Bajo esta figura el Distrito, La Gobernación de Cundinamarca y sus municipios podrán tomar desiciones de forma integral de asuntos públicos.

En la Sala Plena de la Corte, con votación unánime a favor se avaló el Acto Legislativo 02 de 2020 que creó la Región Metropolitana de Bogotá.

De acuerdo con el magistrado Alejandro Linares, la Sala Plena advirtió que dicho acto legislativo no requería de consulta previa, como se argumentaba en la demanda presentada por congresistas y concejales de Bogotá.

El escrito presentado por los demandantes cuestionaba la falta de socialización y consulta previa por parte de 14 pueblos indígenas de Bogotá y Cundinamarca. “El acto legislativo 02 de 2020 no solo afecta a las comunidades indígenas que habitan la ciudad capital, este acto estaría vulnerando el derecho que asiste a cinco comunidades indígenas del pueblo Muisca que habitan en Chía y Cota en donde hay resguardos constituidos y otros tres en proceso de legalización, al igual que un amplio número de cabildos autorreconocidos”, decía el recurso.

La Corte aseguró que lo expuesto eran argumentos inválidos ya que la reforma no contiene elementos que afecten a los sujetos titulares como un gravamen o una restricción de derechos, ni tiene un beneficio exclusivo para esta población. Del mismo modo agregó que «los efectos de esta reforma son los mismos para todos los habitantes de la región metropolitana» y por tanto no es necesaria dicha consulta previa.

El documento presentado por los congresistas Feliciano Valencia, María José Pizarro y David Racero, y las concejalas de Bogotá Heidy Sánchez, Ana Teresa Bernal y María Susana Muhamad aseguraba que la aprobación de dicho acto legislativo presentaba un vicio; ya que «el Congreso primero habría debatido la conformación de un área metropolitana dentro de la autonomía que la Constitución les otorga a las entidades territoriales”, pero en segunda vuelta aprobó la “creación de una entidad administrativa de asociatividad regional de régimen especial”.

Ante este señalamiento, la Corte Constitucional señaló que no hubo vulneración de los principios de consecutividad e identidad flexible, ya que se realizaron los ocho debates sucesivos, así como las respectivas modificaciones o adicionaron en los debates.

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