Pacto Histórico podrá inscribir precandidatos para consulta; falta decisión sobre partido único

El Tribunal Superior de Bogotá suspendió provisionalmente la resolución 09673 del Consejo Nacional Electoral que otorgó la personería jurídica al Pacto Histórico como un partido único para los próximos comicios
Bogotá, septiembre 25_ 2025_ RAM _El Tribunal Superior de Bogotá suspendió provisionalmente la resolución 09673 del Consejo Nacional Electoral que otorgó la personería jurídica al Pacto Histórico como un partido único para los próximos comicios, excluyendo a los movimientos Progresistas y Colombia Humana.
El fallo con ponencia de la magistrada Karen Lucía Castro, se ordena a la Registraduría que permita la inscripción de candidatos del Pacto Histórico a la Consulta presidencial interna prevista para el 26 de octubre, incluyendo a los movimientos que habían sido excluidos.
La decisión judicial ampara los derechos de los precandidatos Carolina Corcho y Gustavo Bolívar a la participación política, igualdad y debido proceso.
Una magistrada del Tribunal Superior de Bogotá ordenó a la Registraduría y al Consejo Nacional Electoral que permita la inscripción de candidatos del Pacto Histórico a la Consulta presidencial interna prevista para el 26 de octubre.
Sin embargo, es una medida cautelar que aún no define de fondo la tutela interpuesta por los precandidatos Gustavo Bolívar y Carolina Corcho.
“Decretar la medida provisional invocada por los accionantes, consistente en: a) Suspender parcialmente los efectos de la Resolución 09673 del 17 de septiembre de 2025 del Consejo Nacional Electoral, única y exclusivamente en lo relativo al condicionamiento de la personería jurídica y/o registro del Pacto Histórico a la firmeza de procesos sancionatorios (apartes pertinentes de sus artículos Segundo, Cuarto, Quinto y Sexto). Esta suspensión no cobija los demás contenidos u órdenes del acto; ii) ordenar a la Registraduría Nacional del Estado Civil habilitar la inscripción de precandidaturas del “Pacto Histórico” el 26 de septiembre de 2025 para la consulta del 26 de octubre de 2025; todo hasta que se profiera sentencia de fondo o disposición en contrario; y iii) Ordenar a la RNEC y al CNE abstenerse de ejecutar actos que impidan o difieran la inscripción aquí autorizada por razón del condicionamiento suspendido, sin perjuicio de los controles de verificación documental ordinarios”, dice la decisión del Tribunal.
En la tutela, Corcho y Bolívar señalaban que se les estaban vulnerando sus derechos políticos, pues el Consejo Nacional Electoral aprobó la fusión del partido Pacto Histórico, pero con condiciones, entre esas, la decisión dejaba por fuera a Colombia Humana y a Progresistas, de María José Pizarro.
El fallo con ponencia de la magistrada Karen Lucía Castro, se ordena a la Registraduría que permita la inscripción de candidatos del Pacto Histórico a la Consulta presidencial interna prevista para el 26 de octubre, incluyendo a los movimientos que habían sido excluidos.
La decisión judicial ampara los derechos de los precandidatos Carolina Corcho y Gustavo Bolívar a la participación política, igualdad y debido proceso.
“DECRETAR la medida provisional invocada por los accionantes, consistente en: a) Suspender parcialmente los efectos de la Resolución 09673 del 17 de septiembre de 2025 del Consejo Nacional Electoral, única y exclusivamente en lo relativo al condicionamiento de la personería jurídica y/o registro del “Pacto Histórico” a la firmeza de procesos sancionatorios (apartes pertinentes de sus artículos Segundo, Cuarto, Quinto y Sexto) (…) ordenar a la Registraduría Nacional del Estado Civil habilitar la inscripción de precandidaturas del “Pacto Histórico” el 26 de septiembre de 2025 para la consulta del 26 de octubre de 2025; todo hasta que se profiera sentencia de fondo o disposición en contrario; y iii) Ordenar a la RNEC y al CNE abstenerse de ejecutar actos que impidan o difieran la inscripción aquí autorizada por razón del condicionamiento suspendido, sin perjuicio de los controles de verificación documental ordinarios»: reza el resuelve del auto del Tribunal.


