miércoles marzo 25 de 2026

Consejo de Estado suspende provisionalmente el decreto de salario mínimo para 2026

13 febrero, 2026 Consejo de Estado, Económicas

El alto tribunal tenía en estudio cerca de 30 demandas contra el decreto que fijó un aumento del 23 por ciento para 2026.

Bogotá, febrero 13 2026_ RAM _El Consejo de Estado acaba de suspender de forma inédita el decreto con el que el Gobierno fijó el salario mínimo para 2026, con un incremento del 23,7 por ciento, el más alto de la historia. La medida cautelar solo entrará a regir cuando el Gobierno fije un nuevo aumento provisional.

El alto tribunal estudiaba un cúmulo de demandas contra el decreto que fijó este aumento porque, según los alegatos, no estaba basado en los parámetros técnicos exigidos.

Con el freno de mano que acaba de poner el alto tribunal, le devolvió la pelota al Gobierno para que, en un plazo de ocho días, expida un nuevo decreto provisional con un monto que se ajuste a los parámetros macroeconómicos.

El único antecedente de una decisión de este tipo ocurrió en 2017, cuando el Consejo de Estado tumbó un decreto de salario mínimo, pero en ese caso porque la tarifa era muy baja. El tribunal ordenó al Gobierno reajustarlo al alza.

“A título de medida cautelar, ordenar a las entidades demandadas que, dentro de los ocho (8) días calendario contados a partir del día siguiente a la notificación de esta providencia, realicen, expidan y publiquen un decreto en el que se fije el porcentaje transitorio de aumento del salario mínimo legal para el año 2026 y el consecuente valor total del mismo para esta vigencia, que regirá hasta tanto se dicte sentencia en el proceso”.

Y agrega: “Para la determinación de dicha cifra, el Gobierno Nacional deberá atender y aplicar la totalidad de los criterios económicos y constitucionales previstos en el inciso segundo del parágrafo del artículo 8 de la Ley 278 de 1996 y su respectivo desarrollo jurisprudencial, en la forma establecida en la parte motiva de esta decisión”, dice el auto del Consejo de Estado.

0004-2026-ACUMULADO-DECRETA-SUSPENSION-PROVISIONAL-DECRETO-1469-DE-2025

Las consideraciones

El Consejo de Estado justifica que las medidas cautelares son instrumentos previstos para «proteger y garantizar, de forma temporal, el objeto del proceso y la efectividad de una eventual sentencia favorable a las pretensiones de la demanda».

Sin embargo, señala que la decisión adoptada, tal como lo dispone el auto, no implica un prejuzgamiento del asunto de fondo: en este caso, si queda en firme o no el decreto de salario mínimo.

Los demandantes habían solicitado la suspensión provisional del decreto 1469, el que dictó el aumento del 23 % del salario mínimo, al estimar que, a priori, incurre en infracción del artículo 8 de la Ley 278 de 1996.

Esta norma exige que, al momento de fijar el salario, el Gobierno tenga en cuenta y explique de manera clara parámetros como la inflación, la productividad, la contribución de los salarios al ingreso nacional, el crecimiento del PIB y la meta de inflación, los cuales —según la demandas— fueron obviados en la determinación del incremento del 23 %.

El Consejo de Estado les da la razón a estos argumentos y, con base en esta violación a los parámetros técnicos, congela los efectos del decreto, una suspensión que solo tiene vigencia cuando el Gobierno fije el nuevo decreto.

Share Button