miércoles agosto 12 de 2026

MIRA propone medidas urgentes para familias afectadas por sismo

11 agosto, 2026 Generales, Generales, Política

Institución Educativa Rufino José Cuervo Centro, en Armenia.

Bogotá, agosto 11, 2026_ RAM _El Partido Político MIRA ha propuesto formalmente un paquete de medidas urgentes para proteger a las familias damnificadas por el reciente sismo en Colombia. El plan busca brindar soluciones inmediatas y alivios económicos para mitigar el impacto en los departamentos más vulnerables, como Caldas, Cauca, Chocó, Risaralda, Quindío y Valle del Cauca.

El bloque de propuestas presentado por el Partido MIRA se estructura en seis ejes fundamentales de asistencia prioritaria:

 Ejes del Paquete de Medidas Urgentes

Alojamiento digno:

Garantía de espacios habitacionales seguros y transitorios para quienes perdieron sus hogares.

 Servicios públicos: Continuidad y subsidios temporales en el suministro de agua, energía y gas en zonas de desastre.

 Alivios económicos:

Suspensión temporal de obligaciones financieras y facilidades crediticias especiales para los afectados.

 Empleo temporal: Creación de programas de trabajo inmediato vinculados a las labores de reconstrucción comunitaria.

 Transporte seguro: Habilitación de rutas de emergencia y auxilio de movilidad para el traslado de personas y suministros.

Conectividad garantizada: Restablecimiento urgente de las redes de comunicación e internet para facilitar el contacto familiar.

La colectividad complementó su propuesta en la página oficial de MIRA con un llamado explícito al Gobierno Nacional y a la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres (UNGRD). Solicitaron acelerar el diagnóstico de los daños estructurales y fortalecer la entrega de ayuda humanitaria directa en el terreno.

Comunicado

Partido MIRA propone paquete de medidas urgentes para proteger a las familias afectadas por la emergencia

Ante la emergencia provocada por el sismo del 10 de agosto, desde el Partido MIRA expresamos nuestra solidaridad con las familias afectadas y hacemos un llamado al Gobierno nacional y a las autoridades territoriales para adoptar medidas que, además de atender la emergencia, protejan a los damnificados de mayores cargas económicas y sociales.

A partir de normas vigentes y leyes que hemos construido en el Congreso de la República, proponemos implementar las siguientes acciones:

  1. Transporte aéreo con tarifas protegidas (Resolución 00205 de febrero de 2024)

Solicitamos a la Aeronáutica Civil y al Ministerio de Transporte establecer controles temporales que eviten incrementos injustificados en los tiquetes hacia las regiones cuya conectividad terrestre ha resultado afectada.

Asimismo, proponemos evaluar la reducción o exención temporal de tasas aeroportuarias, mediante la expedición de un Decreto, para facilitar puentes humanitarios, traslado de damnificados, personal médico y ayudas.

  1. Conectividad para la emergencia (Art. 8 Ley 1341 de 2009, modificado

con la Ley 2108 de 2021)

Solicitamos al Ministerio Tecnología de la Información de las Comunicaciones, la Comisión de Regulación de Comunicaciones y la Agencia Nacional del Espectro, junto con los operadores, garantizar mecanismos gratuitos de comunicación para las zonas afectadas, agilizando la expedición del decreto que permita que los operadores puedan usar el espectro para llevar internet a las zonas más apartadas del país.

Esto incluye mensajes de texto, llamadas gratuitas, navegación básica para acceder a información de emergencia y soluciones temporales de conectividad satelital, especialmente donde las redes terrestres estén fuera de servicio.

  1. Hoteles como alojamientos humanitarios

Solicitamos a la UNGRD y al Ministerio de Comercio, Industria y Turismo

articular con gobernaciones, alcaldías y el sector hotelero una red temporal de alojamiento para las familias que hayan perdido sus viviendas o no puedan regresar a ellas.

Proponemos establecer una tarifa social de emergencia, con condiciones claras de seguridad y control, que permita trasladar progresivamente a los damnificados desde albergues provisionales hacia espacios dignos y seguros.

  1. Apoyo extraordinario al sector turístico afectado (Art. 53 Ley 2068 de 2020 – Ley General de Turismo)

Solicitamos al Ministerio de Comercio, Industria y Turismo y a FONTUR, en coordinación con la UNGRD y las entidades territoriales, activar los recursos para atender a los prestadores de servicios turísticos afectados por la emergencia.

Proponemos destinar estos recursos a auxilios y subsidios temporales, reparación de hoteles, alojamientos y demás infraestructura turística afectada, así como a la recuperación de zonas donde la actividad turística haya resultado impactada.

  1. Protección en servicios públicos (Ley 1506 de 2012)

Solicitamos establecer medidas transitorias, mediante decreto, para los hogares directamente afectados que permitan evitar cortes por mora, garantizar reconexiones prioritarias y diferir sin intereses el pago de las facturas de agua, energía y gas. Así, como a los hoteles que sirvan de alojamientos humanitarios

  1. Facilidades aéreas para rescatistas y ayuda humanitaria

Solicitamos a la Aeronáutica Civil, los operadores aeroportuarios y las aerolíneas adoptar medidas especiales que faciliten el traslado gratuito o con tarifa preferencial de personal de rescate, organismos de socorro y equipos de atención de emergencias hacia las zonas afectadas.

Asimismo, proponemos establecer exenciones o reducciones temporales en tasas y cargos aeroportuarios para los vuelos destinados al transporte de medicamentos, alimentos, equipos de rescate, insumos médicos y demás ayuda humanitaria, con el fin de reducir costos y acelerar su llegada a los territorios que más lo necesitan.

Estas medidas deberán priorizar la operación humanitaria, facilitar espacios de carga y permitir una coordinación expedita entre el Gobierno nacional, las aerolíneas y los aeropuertos durante la emergencia.

  1. Empleos temporales para damnificados (Ley 1488 de 2011)

Crea empleos temporales para damnificados, permitiendo su contratación en labores de reconstrucción, vivienda e infraestructura.

De otra parte, invitamos a los alcaldes a presentar ante los concejos municipales y distritales proyectos de acuerdo que permitan otorgar alivios temporales en Predial e ICA a hogares y pequeños comerciantes que acrediten afectaciones directas por la emergencia.

  1. Vivienda para damnificados por desastres (Ley 1432 de 2011)

Habilitar subsidios de vivienda a damnificados por desastre y ofrecer subsidios adicionales para mejoramiento de vivienda.

El Gobierno deberá utilizar las competencias ordinarias disponibles y, de ser necesario, adoptar los mecanismos excepcionales que permitan garantizar estos alivios.

Desde el Partido MIRA consideramos que la atención de esta emergencia debe ir más allá de las primeras horas.

Proteger la vida también significa garantizar movilidad, servicios públicos, comunicación, alojamiento digno y alivios económicos para las familias afectadas.

Hacemos un llamado a todas las instituciones a actuar con celeridad, coordinación, transparencia y solidaridad, poniendo en el centro la dignidad y el bienestar de los colombianos.

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