miércoles octubre 21 de 2026

Presupuesto General de la Nación del 2027 se cayó por un vicio de trámite en el Congreso

En la Cámara de Representantes se aprobó una proposición adicional que no quedó en el Senado y nunca se surtió un trámite de conciliación.

Bogotá, octubre 21, 2026_ RAM _Aunque el Congreso de la República había aprobado en la madrugada de este 20 de octubre el Presupuesto General de la Nación, el proyecto se hundió por un vicio de trámite que se habría presentado.

Altas fuentes confirmaron que los textos aprobados en las plenarias de Senado y Cámara no son los mismos y debía adelantarse un proceso de conciliación, trámite que nunca se dio.

El artículo de la discordia es el número 65, que habla sobre la estabilización del precio de los combustibles. En el Senado fue retirada una proposición que había sido planteada por el senador Juan Caicedo, pero en la Cámara la dicha proposición sí fue incluida a la hora de la votación.

De hecho, fuentes confirman que la proposición tenía el aval y la firma del ministro de Hacienda, Miguel Gómez Martínez y por eso fue votada positivamente en la plenaria de la Cámara de Representantes.

Este error vició el trámite del presupuesto, ya que al tener dos textos distintos lo que correspondía era conformar una comisión de conciliación para estudiar las diferencias y acoger un solo texto antes de las 12:00 de la noche de este martes 20 de octubre, que era la fecha máxima que tiene el Congreso para aprobar el presupuesto, pero eso no ocurrió por falta de tiempo.

La Ley 5a establece que no se puede dar por concluido el debate de un proyecto en el Congreso, hasta que surta todo su trámite, incluyendo la conciliación, que es la etapa que debe cumplirse cuando los textos aprobados en ambas cámaras es distinto.

Si se confirma el error que se cometió durante la votación, legalmente el Presupuesto General de la Nación no terminó su trámite antes del 20 de octubre, que es la fecha máxima estipulada en la Constitución y por lo tanto el Gobierno tendrá la facultad para expedirlo por decreto.

El texto que tendría que acogerse vía decreto es el que se aprobó en primer debate en las Comisiones Económicas del Congreso de la República.

Algunos señalan que este vicio de trámite que se cometió en el Congreso tumba todo el proyecto, por la explicación dada anteriormente. Sin embargo, algunos sectores podrían tener la tesis de que solo se caería el artículo 65, que fue el que quedó diferente a la hora de la votación en el Senado y la Cámara de Representantes.

Ya habría antecedentes en los que la Corte Constitucional ha dicho que en este tipo de casos no se cae la totalidad del presupuesto, sino aquello que no alcanzó a cumplir su etapa de conciliación, bajo el argumento de que “las leyes orgánicas y la Constitución blindan la continuidad del Presupuesto General de la Nación para evitar una parálisis del Estado, sacrificando únicamente las disposiciones individuales que no alcancen la perfecta concordancia textual en los tiempos legales”.

Lo cierto es que éste será un tema que deberá resolverse entre el Gobierno y el Congreso de la República, una vez los secretarios de Senado y Cámara certifiquen cómo quedó la aprobación del articulado.

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