viernes abril 24 de 2026

Gobierno expide decreto que fija reglas de traslado de $25 billones de las AFP a Colpensiones

Bogotá, abril 23, 2026_ RAM _El Gobierno Nacional, a través del Ministerio del Trabajo, expidió el Decreto 0415 mediante el cual se establecen las reglas y plazos para que las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) trasladen los recursos a COLPENSIONES de los trabajadores que efectuaron el proceso de cambio de régimen.

Según cifras de Colpensiones con corte al 5 de febrero de 2026, un total de 119.632 afiliados del Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad (RAIS) han ejercido su derecho al traslado hacia el Régimen de Prima Media.

El decreto, firmado por los ministros de Hacienda, Germán Ávila Plazas, y del Trabajo, Antonio Sanguino, impone términos estrictos para el giro de los dineros:

Para afiliados no pensionados: Las AFP deberán girar el 50% de los recursos en un plazo no mayor a 20 días tras la entrada en vigencia del decreto, y el 50% restante en los 10 días siguientes.

Para quienes ya consolidaron su derecho pensional: El traslado de la totalidad de los valores contenidos en sus cuentas de ahorro.

El traslado no se limita al capital acumulado, sino que debe incluir la totalidad de los rendimientos financieros generados hasta la fecha de la transferencia efectiva. Además, los fondos deben incluir el porcentaje correspondiente al Fondo de Garantía de Pensión Mínima.

Los recursos podrán ser transferidos en dinero en efectivo, Títulos de Tesorería (TES) clase B o títulos de deuda de emisores vigilados por la Superintendencia Financiera, siempre que cumplan con el régimen de inversiones de Colpensiones. Los títulos se entregarán valorados a precios de mercado.

El Gobierno justificó esta medida en la necesidad de garantizar la sostenibilidad financiera del sistema, evitando que Colpensiones asuma el riesgo de vejez, invalidez y muerte sin contar con los activos correspondientes para respaldar dichas obligaciones.

Para quienes se pensionaron y para quienes aún no cumplen requisitos

El decreto definió las reglas para hacer efectiva la transferencia de los ahorros acumulados por los afiliados que decidieron cambiarse del Régimen de Ahorro Individual (RAIS) al Régimen de Prima Media.

El decreto ordena a las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) girar la totalidad de los recursos de las cuentas individuales incluyendo capital y rendimientos a Colpensiones en el caso de los afiliados que hicieron uso de la oportunidad de traslado.

Esta medida, según el documento, aplica tanto para quienes ya se pensionaron como para quienes aún no cumplen los requisitos, pero ya migraron al régimen público.

“En ambos escenarios, los recursos deben pasar al sistema público para respaldar las obligaciones pensionales”, dice.

Tiempos para el traslado de los recursos

El documento señala que para afiliados que aún no se han pensionado, el 50% del dinero deberá trasladarse en un plazo máximo de 20 días y, el restante, en los diez días siguientes.

“Para quienes ya consolidaron su pensión, el traslado total deberá hacerse en un máximo de 15 días”, señaló.

Destaca que los recursos podrán ser transferidos en dinero o en títulos financieros, valorados a precios de mercado.

Según el documento, esta iniciativa busca evitar desequilibrios financieros, ya que actualmente existen casos en los que Colpensiones reconoce pensiones mientras los recursos siguen en manos de fondos privados.

“Esta situación genera un desbalance que afecta la sostenibilidad del sistema pensional y pone en riesgo el pago de futuras prestaciones”, apuntó.

Reforma pensional

El decreto se expide en desarrollo de la Ley 2381 de 2024, que creó el nuevo sistema de protección para la vejez, aunque esta norma se encuentra parcialmente suspendida por la Corte Constitucional, salvo algunos artículos como el que permite el traslado de régimen.

Además, se basa en el artículo 76 de la Ley 2381 de 2024, que permitió un traslado excepcional de afiliados entre regímenes.

Aunque esa ley se encuentra parcialmente suspendida por la Corte Constitucional, este artículo sigue vigente, lo que permitió al Gobierno avanzar en la reglamentación.

El Gobierno argumenta en el documento que busca establecer reglas claras mientras se define la situación jurídica de la reforma.

La vigilancia y control de esta nueva decisión la realizará la Superintendencia Financiera de Colombia, la cual será la encargada de vigilar el cumplimiento del traslado de recursos por parte de las AFP.

Claves del tema, en cuatro preguntas

¿Qué establece el Decreto 0415 de 2026?

El decreto reglamenta el traslado obligatorio de los recursos pensionales desde los fondos privados (RAIS) hacia Colpensiones para los afiliados que decidieron cambiarse al régimen público, garantizando que el dinero respalde las pensiones que asumirá el Estado.

¿A quiénes aplica esta medida?

Aplica a todos los afiliados que se trasladaron del régimen privado al público, tanto a quienes ya se pensionaron como a quienes aún no cumplen los requisitos, pero ya hicieron el cambio de régimen.

¿Qué recursos deben trasladar las AFP?

Las Administradoras de Fondos de Pensiones tendrán que transferir la totalidad del ahorro acumulado, incluyendo capital, rendimientos financieros y aportes al fondo de garantía de pensión mínima.

¿En qué plazos deben hacerse los traslados?

Para afiliados no pensionados: 50% en máximo 20 días y el otro 50% en 10 días adicionales. Para afiliados ya pensionados: el traslado total debe hacerse en un máximo de 15 días.

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