La juez que suspendió los bombardeos en zonas con menores reclutados ratifica el freno al Gobierno De la Espriella

La jueza Marggy Viviana Arciniegas reafirmó la vigencia de la medida provisional que condiciona los bombardeos en Colombia.
Bogotá, septiembre 10, 2026_ RAM _La jueza Marggy Viviana Arciniegas reafirmó la vigencia de la medida provisional que condiciona los bombardeos en Colombia. El Ejecutivo lanzó una arremetida legal para levantar la cautela del 2 de septiembre, luego de que la togada admitiera una tutela que alega proteger a los menores implicados a la fuerza en la guerra.
El presidente Abelardo de la Espriella; el ministro de Defensa, Jorge Mora; el ministro del Interior, Rodrigo Lara; el general Erick Rodríguez, comandante de las Fuerzas Militares; el general José Bertulfo Soto, comandante del Ejército; el general Juan Jaime Martínez, comandante de la Fuerza Aérea, y el vicealmirante Javier Jaimes, comandante de la Armada, firmaron la impugnación contra la decisión, que finalmente fracasó.
La segunda providencia, que La FM conoció en primicia, declaró la solicitud «improcedente», aunque aceptó estudiar los argumentos estatales como un pedido de revocatoria. «No existen razones suficientes para revocar la medida decretada», zanjó la jueza, que dispuso «mantener incólume» el cese de los bombardeos donde exista información calificada sobre niñez reclutada por grupos ilegales.
Uno de los ejes del debate estuvo en la postura de la Casa de Nariño y el Ministerio de Defensa, que sostuvieron que no existía urgencia ni certeza sobre una operación militar concreta en curso o un menor individualizado. El despacho advirtió que, en una etapa preliminar, no se requiere «un grado de certeza propio de la decisión definitiva».
Es decir, la medida cautelar se fundamenta en evidencias preliminares sobre operaciones aéreas recientes en Catatumbo y Guaviare en las que fallecieron menores de edad, sumadas a las preocupantes cifras de reclutamiento en Colombia. Frente a la inminencia de un riesgo sobre la vida y la integridad personal, el auto enfatiza que esperar a la sentencia final podría causar una «afectación irreversible».
Asimismo, el documento de nueve páginas desestimó las críticas que señalaban un supuesto exceso de atribuciones o estancamiento del aparato de defensa estatal.
La juez Arciniegas subrayó que su determinación «no comporta una paralización general de las operaciones militares o una invasión de las competencias constitucionales del presidente de la República», pues únicamente supedita los ataques a la verificación de información cierta y a la búsqueda de alternativas menos nocivas.
El auto ratifica que la responsabilidad delictiva de los grupos armados al reclutar menores no exime al Estado colombiano de sus deberes superiores de precaución y protección.
Los derechos de niños, niñas y adolescentes «prevalecen sobre los derechos de los demás», asevera la jueza en negrita, y a renglón seguido menciona que los deberes estatales «adquieren especial intensidad» cuando existe «información objetiva sobre la presencia de menores de edad reclutados».
Si el Ejecutivo y la fuerza pública optan por una acometida aérea, deberán verificar qué medidas pueden servir para proteger a los menores y qué alternativas podrían ser menos lesivas. «Los derechos cuya protección se reclama corresponden a niños, niñas y adolescentes presuntamente reclutados o utilizados por grupos armados», apunta el auto del 2 de septiembre, que el Ejecutivo impugnó y que terminó confirmado.
El gobierno de Abelardo de la Espriella llegó con la promesa de atacar con más intensidad a las estructuras criminales. El expresidente Gustavo Petro autorizó su primer bombardeo en julio de 2024, dos años después de llegar a la Casa de Nariño, y en su cuatrienio la fuerza pública efectuó veinticinco en total. El presidente De la Espriella ha ordenado tres en sus primeras tres semanas.
La Defensoría del Pueblo, en su más reciente Radiografía de los derechos humanos —que le entregó al jefe de Estado y al Congreso de la República— reportó 682 casos de reclutamiento forzado de niños, niñas y adolescentes en 2024, 419 en 2025 y 74 entre enero y junio de 2026. Y advirtió con serenidad, sin abandonar la alarma, sobre la trampa de los números:
“La reducción de los casos no necesariamente significa una disminución del fenómeno, debido a los riesgos, temores y dificultades para denunciar”. El conflicto cobra vidas jóvenes, aun de forma silenciosa, como lo demuestran las 71 muertes de menores en operativos militares entre agosto de 2022 y junio de 2026.
El primer bombardeo de la administración de De la Espriella fue ejecutado tres días después de su posesión, contra el Ejército de Liberación Nacional (ELN), en la convulsa región del Catatumbo. El segundo, el 27 de agosto en Guaviare, contra las disidencias de las Farc que comanda alias ‘Calarcá’, y el tercero, el 30 de agosto, contra una facción de ‘Iván Mordisco’ en el mismo departamento.
El Gobierno De la Espriella enfrenta otra tutela por mostrar cadáveres de abatidos
La primera y la tercera operación provocaron la muerte de al menos cuatro menores de edad, uno en Norte de Santander y tres en Guaviare, de acuerdo con el Instituto de Medicina Legal. El Gobierno defiende las operaciones tachando a los menores de estar en «función continua de combate», una categoría en la que un miembro de los grupos armados se convierte en objetivo legítimo.
Guaviare es un territorio especialmente crítico. En noviembre del año pasado, tras un bombardeo que avaló el expresidente Petro, siete adolescentes murieron. Durante la administración de Iván Duque, de acuerdo con Medicina Legal, en todo el país murieron 42 niños, niñas y adolescentes en operaciones militares.
La cúpula militar de De la Espriella, el propio mandatario, la Defensoría, la Procuraduría, Medicina Legal, el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y la Fiscalía General de la Nación participaron en el trámite de la tutela que impulsó Ower Jimmy Borda Parra asegurando ser «agente oficioso» de, en abstracto, los menores de edad «reclutados o utilizados por grupos guerrilleros».
No es la única disputa judicial que el Gobierno enfrenta por vía de tutela por sus operaciones militares. El 9 de septiembre, la juez Catorce Laboral del Circuito de Bogotá, Evangelina Bobadilla, le ordenó al presidente y al Departamento Administrativo de la Presidencia (Dapre) eliminar las publicaciones del 2 y 4 de septiembre, en redes sociales oficiales, que anuncian los resultados de operaciones militares exhibiendo a los cadáveres, entre los que caminaba el jefe de Estado.
«Mientras se determina si las publicaciones objeto de reproche pueden catalogarse como violentas o explícitas y, por tanto, ser susceptibles de generar una afectación de esa naturaleza, resulta necesario adoptar medidas de carácter transitorio», remarcó el auto de cuatro páginas que firmó la juez Bobadilla.


