Concepto de la Corte impediría que Petro convoque consulta por decreto: Katherine Miranda

La representante Katherine Miranda presentó el documento ante el Gobierno en el marco del análisis de la iniciativa.
Bogotá, mayo 27_ 2025_ RAM _ Esta situación llevó a la representante Katherine Miranda a elevar una consulta ante la Corte Constitucional, que respondió diciendo que no se puede convocar una iniciativa de esta naturaleza cuando el Senado de la República ya se ha pronunciado negativamente.
El concepto previo y favorable del Senado previsto en el artículo 104 de la Constitución es condicionante de la competencia presidencial
La negativa o el silencio del Senado agotan la iniciativa; no existe vía alterna de insistencia.
Cualquier modificación exige acto legislativo de reforma constitucional (arts. 374-378 CP) y control automático por la Corte Constitucional.
La representante Miranda dijo que es muy preocupante que el Gobierno Nacional pretenda desconocer la decisión del Senado de la República de negar la convocatoria a las urnas, además de que no tiene la competencia.
“Esto indica que el Gobierno Nacional no puede insistir presentando una nueva insistencia de consulta popular con las mismas preguntas que ya se le negó el Senado de la República pero adicionalmente no tiene la competencia para presentar vía decreto y llamar a las urnas a consulta popular”, indicó.
El presidente del Congreso, Efraín Cepeda, ya respondió diciendo que la decisión del Senado de negar la consulta popular es completamente válida y el Gobierno debe prepararse para la andanada de demandas que recibiría si decide expedir el decreto con la convocatoria a las urnas.




