jueves julio 16 de 2026

La Corte Constitucional avala el PAE fuera de la jornada escolar que el Gobierno decretó con la emergencia económica por la ola invernal

Programa de Alimentación Escolar (PAE)

Bogotá, julio 15, 2026_ RAM _Los estudiantes del Caribe cuyas jornadas escolares se vieron afectadas por la ola invernal en el Caribe seguirán protegidos. La Corte Constitucional, por unanimidad, declaró exequible el Decreto 176 de 2026, un acto administrativo con el que, basado en la emergencia económica de febrero, el Gobierno benefició a menores con acceso al Programa de Alimentación Escolar (PAE) «fuera de la jornada escolar y del espacio físico de la institución».

El decreto cobijaba a niños, niñas y adolescentes con el calendario académico suspendido o que tuviesen jornadas de trabajo académico en casa, y el PAE extraordinario funcionaría «hasta el momento en que se normalicen las condiciones de prestación del servicio educativo».

Según las cifras del Sistema Integrado de Matrícula, Simat, más de 1,16 millones de estudiantes son beneficiarios del PAE en los ocho departamentos acogidos por el estado de excepción. La Corte, al declarar exequible la norma, condicionó su aplicación a que los colegios estén ubicados en los 181 municipios estropeados por el frente frío.

Con ponencia del magistrado Héctor Carvajal, la sentencia, que llevará el nombre de C-209 de 2026 una vez sea pública, fue adoptada por toda la magistratura en la Sala Plena de la Corte Constitucional. El togado había presentado su proyecto de fallo el 3 de julio.

Las intensas lluvias a principios de 2026 en el norte de Colombia provocaron inundaciones en casi dos centenares de municipios de Córdoba, Sucre, Antioquia y Chocó. Unas 160.000 personas resultaron afectadas. En el centro de la discusión está la hidroeléctrica de Urrá, que se desbordó al recibir un caudal mayor al que podría soportar.

Para responder a la crisis, el gobierno de Gustavo Petro decretó la emergencia económica en los departamentos caribeños de Córdoba, Antioquia, La Guajira, Sucre, Bolívar, Cesar, Magdalena y Chocó, buscando recaudar recursos de forma más expedita. La Corte Constitucional avaló el estado de excepción.

El decreto llegó el 11 de febrero, dos semanas después de que la Corte suspendiera provisionalmente la emergencia económica que Petro declaró en todo el país en diciembre, cuando el Congreso no le aprobó una reforma tributaria. Luego, el magistrado Miguel Polo Rosero se convirtió en el ponente del expediente del acto administrativo.

La Sala Plena concluyó el 24 de junio que el Decreto 150, que declara la emergencia, es constitucional. El 26 de mayo Polo radicó un proyecto de fallo que pedía a sus colegas de paraninfo declarar exequible la emergencia sin desconocer salvedades que no serían repentinas, sino estructurales, como el lío con el mercado de energía mayorista.

El 25 de junio acababa el plazo para un pronunciamiento de fondo. La Corte esperaba anunciar una decisión clara el 24, y así cumplió. El 19, dos días antes de la segunda vuelta presidencial, el alto tribunal contempló el asunto en su orden del día, pero no lo zanjó. Una fuente le dijo a La FM, en todo caso, que los comicios no influyeron en la deliberación: “son los tiempos”.

Cuando la magistratura firme la sentencia, será la C-191 de 2026. La ponencia del magistrado Polo tuvo ocho votos a favor, contando el de él, y —en contraste con la decisión sobre el PAE— uno parcialmente el contra: el del magistrado Jorge Enrique Ibáñez, expresidente de la Corte.

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