jueves julio 17 de 2025

El Consejo de Estado suspendió de forma provisional La Consulta Popular

Momento cuando el presidente Petro y su gabinete radicaron la Consulta Popular. Foto Presidencia

Bogotá, junio 18_ 2025_ RAM _ El Consejo de Estado suspendió provisionalmente el decreto que convocaba a la consulta popular sobre la reforma laboral en Colombia. Esta decisión se tomó debido a una demanda presentada por considerar que el decreto vulneraba varios artículos de la Constitución Política.

La Sección Quinta del Consejo de Estado convocó a una sala extraordinaria este 18 de junio para decidir sobre la medida cautelar solicitada en una demanda de nulidad contra el decreto presidencial 0639 que convoca a una consulta popular en el país.

Mientras se decide de fondo sobre el asunto, la corporación decidió suspender de forma provisional el decreto al considerar que el mismo no contó con el aval previo del Senado.

“En ese orden de ideas, debe señalarse que de la lectura de los artículos 104 de la Constitución Política, y 50 y 31 b) de las leyes 134 de 1994 y 1757 de 2015, respectivamente, se concluye la exigencia de que, previo a convocar al pueblo una decisión de trascendencia nacional, se requiere concepto favorable del Senado de la República, el cual, en efecto, en este preciso caso no existe”, indicó la corporación.

El Consejo de Estado otorgó una medida cautelar que suspende provisionalmente el decreto que convocaba a la consulta popular.

La demanda argumentaba que el decreto vulneraba los artículos 158, 189 numeral 7 y 241 numeral 10 de la Constitución Política.

La suspensión provisional de la consulta popular podría tener implicaciones en el proceso de reforma laboral en Colombia.

La reforma laboral ha sido un tema de debate en Colombia, con diferentes sectores expresando sus opiniones y preocupaciones.

La consulta popular fue convocada para que los ciudadanos pudieran expresar su opinión sobre la reforma laboral.

La suspensión provisional de la consulta popular es un desarrollo importante en el proceso de reforma laboral en Colombia, y se espera que el Consejo de Estado tome una decisión final sobre la demanda presentada.

Esto significa que el presidente Petro no podrá convocar a las votaciones hasta que no haya un previo aval del Consejo de Estado.

“En aras de procurar porque no se materialicen las actuaciones que deberían adelantarse para la jornada electoral que se pretende realizar el próximo 7 de agosto de 2025, pues, se insiste, se logró demostrar, en esta inicial etapa del proceso, la infracción de las disposiciones constitucionales y legales, que imponen la necesidad de contar con el concepto favorable del Senado de la República, cuando se pretenda convocar a consulta popular», indicó la corporación

La demanda fue interpuesta por doce congresistas que aseguran que con la expedición de dicho decreto se está violando la constitución al desconocer el concepto negativo que emitió el Senado para realizar la convocatoria.

Los congresistas que demandaron la consulta son:

Efraín Cepeda Sarabia

Marcos Daniel Pineda García

Nadia Blel Scaff

Mauricio Giraldo Hernández

Lorena Ríos Cuéllar

Carlos Fernando Motoa

Germán Blanco Álvarez

Samy Merheg

Juan Carlos García Gómez

Antonio Luis Zabaraín

Esperanza Andrade Serrano

Soledad Tamayo Tamayo

Share Button