“He firmado el decreto que convoca a la consulta popular: Presidente Petro

Presidente Gustavo Petro firmó decreto que convoca a los colombianos a la Consulta Popular para resarcir los derechos laborales.Foto Presidencia
Bogotá, 11 jun (Prensa Latina) El presidente de Colombia, Gustavo Petro, comunicó hoy que firmó el decreto de convocatoria para la consulta popular impulsada por su Gobierno con el fin de introducir cambios en la legislación laboral del país.
En un mensaje divulgado en su cuenta de la red social X, el mandatario aseveró que solo se derogará antes de las urnas si los puntos que se le preguntan al pueblo para que exprese su orden constituyente son respondidos positivamente por el Congreso.
El presidente de Colombia, Gustavo Petro, confirmó a través de su cuenta de X que firmó el decreto que convoca a una consulta popular. En su mensaje, expresó que «solo se derogará antes de las urnas si los puntos que se le preguntan al pueblo para que exprese su orden constituyente, sean respondidos positivamente por el Congreso».
En su cuenta, el mandatario escribió: “He firmado el decreto que convoca a la consulta popular. Solo se derogará antes de las urnas si los puntos que se le preguntan al pueblo para que exprese su orden constituyente, sean respondidos positivamente por el Congreso, poder constituido legitimo para discutir leyes. Enviamos el decreto de la Consulta Popular a la Corte Constitucional».
El ministro del Interior, Armando Benedetti, había confirmado previamente que todos los ministros del gabinete firmaron el decreto antes del atentado contra el senador Miguel Uribe Turbay el pasado 7 de junio.
El presidente Petro envió el decreto a la Corte Constitucional después de firmarlo.
La consulta popular fue rechazada por el Senado en mayo, pero el gobierno argumenta que no hubo un concepto formal que impidiera continuar con el proceso .
El presidente de Colombia, Gustavo Petro, confirmó a través de su cuenta de X que firmó el decreto que convoca a una consulta popular. En su mensaje, expresó que «solo se derogará antes de las urnas si los puntos que se le preguntan al pueblo para que exprese su orden constituyente, sean respondidos positivamente por el Congreso».
En su cuenta, el mandatario escribió: “He firmado el decreto que convoca a la consulta popular. Solo se derogará antes de las urnas si los puntos que se le preguntan al pueblo para que exprese su orden constituyente, sean respondidos positivamente por el Congreso, poder constituido legitimo para discutir leyes. Enviamos el decreto de la Consulta Popular a la Corte Constitucional».
El ministro del Interior, Armando Benedetti, había confirmado previamente que todos los ministros del gabinete firmaron el decreto antes del atentado contra el senador Miguel Uribe Turbay el pasado 7 de junio.
El presidente Petro envió el decreto a la Corte Constitucional después de firmarlo.
La consulta popular fue rechazada por el Senado en mayo, pero el gobierno argumenta que no hubo un concepto formal que impidiera continuar con el proceso .
Algunos sectores políticos han expresado su oposición a la consulta popular, argumentando que es un «golpe de Estado»
Decreto de convocatoria de la Constituyente
El decreto, que consta de ocho artículos, establece tanto los fundamentos legales como los aspectos logísticos de la convocatoria. De acuerdo con el documento, los colombianos serán consultados sobre las doce preguntas que inicialmente habían sido radicadas ante el Senado.
Las preguntas quedaron así:
1. ¿Está de acuerdo con que la jornada de trabajo dure máximo 8 horas y la jornada diurna sea entre las 6:00 a. m. y las 6:00 p. m.?
2. ¿Está de acuerdo con que se pague un recargo del 100% por el trabajo los días de descanso dominical o festivo?
3. ¿Está de acuerdo con que las micro, pequeñas y medianas empresas productivas, preferentemente asociativas, reciban tasas de interés en materia de crédito e incentivos para sus proyectos productivos?
4. ¿Está de acuerdo con que las personas puedan tener los permisos necesarios para atender citas médicas y licencias por periodos menstruales incapacitantes?
5. ¿Está de acuerdo en que las empresas deban contratar laboralmente al menos 2 personas con discapacidad por cada 100 trabajadores?
6. ¿Está de acuerdo con que los jóvenes aprendices del SENA y de instituciones similares tengan un contrato de aprendizaje de carácter laboral?
7. ¿Está de acuerdo con que las personas trabajadoras en plataformas de reparto y transporte acuerden su tipo de contrato y se les garantice el pago de seguridad social?
8. ¿Está de acuerdo con establecer un régimen laboral especial para que los empresarios del campo garanticen los derechos laborales y el salario justo a los trabajadores agrarios?
9. ¿Está de acuerdo en eliminar la tercerización e intermediación laboral mediante contratos sindicales?
10. ¿Está de acuerdo con que las trabajadoras domésticas, madres comunitarias, periodistas, deportistas, artistas, conductores, y demás trabajadores informales, sean formalizados o tengan acceso a la seguridad social?
11. ¿Está de acuerdo en promover la estabilidad laboral mediante contratos a término indefinido como regla general?
12. ¿Está de acuerdo con constituir un fondo especial destinado al reconocimiento de un bono pensional para los campesinos y campesinas?
Este decreto excluye las preguntas relacionadas con el sistema de salud que habían sido incluidas en la llamada consulta popular 2.0.
Ahora, la insistencia del Gobierno en avanzar con la consulta popular se da en medio de un clima de tensión política y de crecientes críticas desde diversos sectores, quienes ven esta medida como una ruptura del orden democrático.
Posibles Pasos Para Seguir:
La Corte Constitucional revisará el decreto.
El Consejo de Estado podría definir si acata o no el decreto, lo que determinará si se lleva a cabo la consulta popular.
El gobierno contempla derogar el decreto si el Senado aprueba la reforma laboral.
Reacciones y Controversias
El presidente del Senado, Efraín Cepeda, ha anunciado que demandarán la acción del gobierno.
Algunos sectores políticos han expresado su oposición a la consulta popular, argumentando que es un «golpe de Estado»
El anuncio del gobernante ocurre mientras que en la plenaria del Senado se debate la reforma laboral revivida en ese órgano el mes pasado, ante la posibilidad de que el Ejecutivo convocara a un ejercicio de participación para analizar los derechos laborales.
La pugna entre Gobierno y Senado tiene que ver con las modificaciones aplicadas al texto durante su tránsito por la Comisión Cuarta, y que difieren del contenido al que la Cámara de Representantes dio su anuencia en octubre del pasado año.
La nueva propuesta no satisface las expectativas de las centrales obreras, y alegan que el proyecto de ley es ahora regresivo.
Según planteó la Central Unitaria de Trabajadores y la Confederación General del Trabajo, el texto que salió del comité del Senado no reivindica los derechos de la clase obrera.
Denunciaron que el nuevo articulado establece que el recargo nocturno solamente se paga después de las 19:00 horas a quienes trabajen en empresas distintas a una mipyme, con lo cual excluyen al 80 por ciento de los empleados.
También objetaron que se implante diferencias en los recargos salariales entre los domingos y los días festivos, que se le quite el carácter laboral al contrato de aprendizaje y la desaparición de la figura patronal del contrato sindical.
Manifestaron asimismo su descontento por el establecimiento de contratos a término fijo hasta por cinco años, “lo cual se convierte en una burla a cualquier opción de estabilidad en el empleo”, según estimaron.
Petro firmó el decreto de la consulta popular pese a que la Plenaria del Senado declaró hundida esa posibilidad tras un proceso de votación que el propio mandatario y miembros de colectividades progresistas calificaron de irregular.
El jefe de Estado concluyó entonces que, debido a las anomalías del sufragio, ese órgano legislativo no emitió pronunciamiento definitivo sobre la propuesta.
Hace unas horas el mandatario expuso los argumentos legales que lo facultan para expedir la normativa.
“El decreto de consulta tiene una base legal, que impide cualquier prevaricato, se trata del artículo 33c de la ley 1757, que permite a nivel legal, diferenciar entre si el Senado vota el concepto previo, sea favorable o desfavorable o no se pronuncia. En ambas opciones el decreto es presidencial”, concluyó.


