Personero de Bogotá debe ser elegido por concurso
La elección del personero de Bogotá se regula por lo establecido en la Ley 1551 de 2012, es decir, debe efectuarse mediante un concurso público de méritos que deber ser adelantado por el Concejo de Bogotá, según las competencias otorgadas por el Decreto 1421 de 1993.











