jueves diciembre 5 de 2024

Conductores ebrios no irían a la cárcel pero sí pagarán millonarias multas

15 diciembre, 2013 Generales

Después de muchas dilaciones y cuando se daba casi por seguro el aplazamiento de la aprobación de la ley que endurece las penas a los conductores que sean sorprendido manejando vehículos en estado de embriaguez, el Congreso escuchó el clamor de la sociedad colombiana y salvó la iniciativa. Ayer la plenaria del Senado le dio su visto bueno y se espera que el lunes —último día del actual período legislativo— lo haga la Cámara de Representantes.

La ley endurece las sanciones para quienes sean encontrados manejando bajo los efectos del alcohol y eleva a delito penal los hechos en los que se presenten accidentes o muertes, en los que sus involucrados serán procesados por lesiones culposas u homicidio culposo.

Así lo explicó el senador liberal Luis Fernando Velasco, uno de los ponentes, quien señaló que lo que se busca es “enfrentar el fenómeno de los conductores que en estado de ebriedad matan a una persona con instrumentos del derecho penal. Por ejemplo, con el homicidio culposo que pasa de 32 a 53 meses de prisión. ¿Qué sucede? Que se envía un mensaje al juez de que esa persona tiene que pagar cárcel. Borrachito que mate o hiera va a perder su libertad”.

La iniciativa no sólo busca castigar a quienes ocasionen accidentes. La idea es que a través del fortalecimiento de sanciones administrativas (ver gráfico) los conductores sean persuadidos para no subirse al volante bajo los efectos del alcohol. La fórmula es progresiva, de acuerdo con la reincidencia y el nivel de alcohol en la sangre serán los castigos.

Para la representante Gloria Stella Díaz, coautora de la iniciativa, “el compromiso es lograr cero muertos o heridos, y llegar a una cultura de cero tolerancia en la combinación de alcohol y gasolina. De ser necesario, buscaremos que se tipifique el delito por el solo hecho de conducir en estado de embriaguez”.

El trámite de la ley fue tortuoso e incluso en un momento su contenido pudo reducirse a un artículo. ¿El motivo? El Ministerio de Justicia —apoyado en un concepto de la Comisión Asesora de Política Criminal— planteaba que su impacto podría empeorar el caos penitenciario y manifestaba que había una mala costumbre del Congreso de legislar al calor de los acontecimientos, aumentando penas conforme con la presión pública y mediática.

Así, en tercer debate fue excluido la mayor parte del articulado y casi no se logra un texto conciliado entre Cámara y Senado. A juicio de Velasco, porque “el Congreso legisla para la sociedad. ¿Qué opinan las personas del conductor ebrio que se baja del carro, pasa la borrachera en la estación de policía y al otro día se va para la casa después de haberles quitado la vida a dos personas y haber dejado parapléjico a alguien? El Congreso interpreta la sociedad y la sociedad quiere un reproche de valor muy duro hacia esa persona. Ellos (Consejo de Política Criminal) hacen aportes, pero el legitimado para tomar decisiones es el Congreso”, enfatizó.

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