jueves diciembre 5 de 2024

MIRA radica Reforma Electoral en el Congreso

30 julio, 2014 Política

El Movimiento Político MIRA radicó hoy en el Congreso de la República tres proyectos de Ley cuyo propósito es realizar una Reforma Electoral en nuestro país.

El primero es una propuesta de Reforma Constitucional al capítulo de la organización electoral; el segundo es una Ley Estatutaria que busca modificar el Código Electoral y otras normas electorales y finalmente un proyecto de Reforma al Código Penal, para combatir la corrupción electoral.

Los principales puntos de esta reforma, así como los d son los siguientes:

REFORMA CONSTITUCIONAL

De la puerta giratoria y la influencia política al mérito

El proyecto de acto legislativo propone que los miembros del Consejo Nacional Electoral pasen de ser elegidos por el Congreso, previa postulación de partidos o movimientos políticos, como sucede hoy, a ser escogidos por un concurso de méritos a cargo de la Contraloría, la Procuraduría y la Defensoría del Pueblo.

La iniciativa también prohíbe explícitamente la reelección o re escogencia de los Magistrados del Consejo Nacional Electoral y del Registrador, quienes solamente podrán cumplir un periodo de cuatro años.

Reasignación de funciones electorales: Equilibrio entre el CNE y la Registraduría

La propuesta de Reforma Constitucional le quita a la Registraduría toda función con respecto a los escrutinios, los cuales quedarían, en todos sus niveles, a cargo del Consejo Nacional Electoral.

Incluso las funciones Secretariales serán ejercidas por una Secretaría General del CNE, cuyo titular será también escogido mediante concurso de méritos.

La iniciativa también ordena que el CNE sea tratado como una sección autónoma del Presupuesto de la Nación, no dependiente de la Registraduría, como sucede en la actualidad.

LEY ESTATUTARIA

Sistema Electoral para abrir las mesas

El actual Sistema Electoral está diseñado para que el escrutinio no se realice con efectividad, pues durante su desarrollo, la última opción es abrir las mesas, lo cual favorece el fraude físico y la manipulación de los sistemas de información, porque lo esconde y legitima.

La propuesta de Reforma Constitucional y la de ley Estatutaria, ordenan el recuento incondicional de las mesas, mediando como único requisito que así lo soliciten los testigos, candidatos o apoderados de los Movimientos o Partidos Políticos.

Las iniciativas también precisan que la facultad de revisión del CNE no tendrá restricciones por asuntos que hayan sido estudiados en instancias escrutadoras previas ni por ninguna otra causa.

Asimismo, autoriza al CNE para que utilice todos los medios técnicos, probatorios y legales para garantizar la verdad de los resultados electorales. La iniciativa de ley estatutaria, autoriza para que se presenten reclamaciones en cualquier instancia de los escrutinios.

REFORMA PENAL

Los votos no se pueden perder

La ley Estatutaria y la Reforma al Código Penal, contemplan deberes de custodia de todo el material electoral, incluidos los tarjetones, por un lapso mínimo de cinco años.

La pérdida de ese material, acarreará sanciones disciplinarias de destitución e inhabilidad general mínima de diez años, y penales, que pueden llegar hasta la prisión de 9 a 20 años (nuevo delito: pérdida de material electoral). 

No más fraude en los sistemas de información electoral

Hoy una de las modalidades de fraude más graves y efectivas, es la modificación de las cifras en los sistemas de información electoral, sin ninguna correspondencia con los votos realmente depositados en las urnas.

Para las elecciones del Congreso 2014, la Registraduría no contrató interventoría de los sistemas de información y la supervisión estuvo a cargo de un funcionario, lo cual impide un control suficiente para evitar el fraude.

Ese fraude electrónico se ataca en las iniciativas, con la orden de garantizar, sin excepción, la auditoría e interventoría de los sistemas de información, por parte de organismos externos a la organización electoral.

Adicionalmente, se aumenta la pena por alteración de resultados electorales, de 9 a 20 años, pues ésta es hoy de 2 a 5 años.

Se aumenta la pena por compra de votos

La pena por corrupción al sufragante, que hoy va de 3 a 5 años, se aumenta de 9 a 20 años, para asegurar que no sea excarcelable.

Además se penaliza la exigencia del voto como condicionamiento para la celebración de contratos, la prórroga de los mismos, o el acceso a bienes, servicios, o subsidios del Estado. Este delito se castigará con penas que irán de 9 a 20 años.

No más funcionarios públicos haciendo política

El proyecto de la ley Estatutaria prohíbe y la ley Anticorrupción Electoral penaliza que funcionarios públicos se desvinculen de sus cargos para ir inmediatamente a hacer campaña política.

Solamente podrán hacerlo luego de transcurridos cuatro meses desde su desvinculación y, en ningún caso, podrán utilizar las gestiones, logros y metas del cargo, para fines electorales. Para este nuevo delito la pena de prisión irá de 4 a 7 años.

“Si queremos seguir avanzando en la construcción de la Paz, tenemos que cambiar las costumbres políticas en nuestro país; porque la política es para servir, no para servirse”, señaló el Presidente del Movimiento Político MIRA, Carlos Alberto Baena López.

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