Defensoría asegura que se debe garantizar atención a usuarios de Medimás en cualquier EPS de Colombia
La Defensoría del Pueblo le pidió a la Superintendencia de Salud garantizar el traslado oportuno de los afiliados de Medimás a otras EPS, conforme a las normas vigentes, dada la incapacidad de esa institución para garantizar la salud y vida de sus usuarios.
Así mismo, el Defensor Carlos Alfonso Negret Mosquera anunció que la Entidad presentará una acción de tutela en defensa del derecho fundamental a la vida. “Nada explica por qué Medimás se convirtió en la continuación del incumplimiento de Cafesalud y Saludcoop”, agregó.
Negret Mosquera anunció que la entidad continuará haciendo un monitoreo detallado en todo el país durante los próximos dos meses. “Si la grave situación actual se mantiene, exigiremos que se proceda con la cesión de los afiliados para garantizar su vida e integridad”, puntualizó.
Al lado de los usuarios
Entre el 23 de agosto del 2017 y el 13 de septiembre de 2017, la Defensoría del Pueblo realizó visitas a las Instituciones Prestadoras de Salud (IPS) de las 36 regionales y sus áreas de influencia con el objetivo de verificar si el derecho a la salud de los usuarios de Medimás está siendo vulnerado.
Luego de estas visitas se logró identificar que las principales quejas de los usuarios son:
Falta oportunidad en la obtención del servicio de salud.
Falta de continuidad por la interrupción de los servicios de salud.
Falta de autorizaciones en los servicios ambulatorios.
Falta de remisión hospitalaria oportuna.
Falta de citas médicas con especialistas.
Mala atención en la línea de atención al usuario de Medimás.
Falta de oportuna entrega de medicamentos.
Falta de contratos con IPS locales lo que obliga el desplazamiento de los usuarios a otras ciudades.
Demora en la realización de procedimientos quirúrgicos.
Afectación de los servicios oncológicos por el cambio de profesional tratante.
La Entidad en sus visitas en la prestación del servicio encontró:
Que MEDIMAS EPS cuenta con servicios de primer nivel de atención, con IPS que solo tienen carta de intención para ser contratadas en la Red de Prestación de servicios de MEDIMAS EPS.
Que ninguna IPS pudo demostrar contrato vigente con MEDIMAS EPS. Por ejemplo: Hospital cardiovascular del niño Soacha – Procardio.
Que no se tiene contrato con ninguna IPS para urgencias, sin embargo, las personas ante la falta de oportunidad en la consulta médica ambulatoria acuden a ese servicio generando sobrecupo.
Los Hospitales públicos que tienen los servicios habilitados y que atienden población de MEDIMAS EPS a pesar de no tener contrato, son obligados a remitir a los usuarios a otras instituciones que no son del orden local. Por ejemplo: El Hospital Universitario de la Samaritana de Zipaquirá recibe pacientes por urgencias y teniendo el servicio ofertado no lo puede prestar pues es enviado a otra institución. (Red propia de MEDIMAS EPS).
Que los usuarios no gozan de una atención en salud oportuna, continua ni segura, ya que no existe contratación con IPS de primer nivel de atención del orden local, ni de segundo nivel de atención del orden regional. Los pacientes son obligados a dirigirse a centros hospitalarios de las grandes ciudades; generando aumento en sus gastos personales y trastornos en sus actividades familiares y laborales, lo que hace que algunos abandonen sus tratamientos por no contar con recursos económicos.
Que algunas instituciones prestadoras de servicios de salud de mediano y alto nivel de complejidad se niegan a atender afiliados de Medimás EPS, argumentando que tienen cartera muy grande pendiente con Cafesalud y que no se les ha pagado. Verbigracia, Bucaramanga, Clínica Foscal, quienes además certifican que no es cierto que hayan firmado carta de intención.
Que en Bucaramanga se encontraron inconvenientes con la atención de los menores de edad por cuanto la clínica Materno Infantil de San Luis no ha considerado realizar convenio con MEDIMAS EPS. A la fecha no hay citas con subespecialidades de pediatría.
Que la regional Caldas evidenció que algunos adultos mayores se encuentran con 19 y 33 días de estancia hospitalaria injustificada, sin que se haga la remisión a medicina interna. Allí mismo se encontró gestante de 40 semanas de embarazo esperando remisión, entre otros casos.
Se visibilizó que los pacientes que llegan a los servicios de salud de las diferentes IPS y requieren remisión a otro nivel de atención de mayor complejidad, son reportados a MEDIMAS EPS, oficina de referencia, quienes no dan respuesta oportuna, y cuando se obtiene respuesta, en la gestión de la remisión no tienen en cuenta la geo-referenciación: ejemplo, paciente con diagnóstico de apendicitis aguda que pudo ser operado en la IPS donde se encontraba, fue remitido a otra institución de tercer nivel de atención de diferente ciudad, poniendo en riesgo su vida.
Merecen especial atención los pacientes que tienen indicación de remisión a un nivel de mayor complejidad, son comentados a la oficina de referencia y dirigidos a las clínicas que hacen parte del consorcio de MEDIMAS EPS, cuando en realidad deberían ser remitidos a las IPS más cercanas a la residencia de los afiliados.